Abierta Cierra en 31 días · 30 sept 2026

Bases reguladoras STARTUPS 2026, concurrencia no competitiva, mínimis pesca

INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) · GALICIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

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Qué es

El Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE) promueve esta línea de apoyo dirigida a startups que desarrollan proyectos de investigación, desarrollo e innovación. Se trata de una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, sometida a minimis en el sector pesquero. La ayuda máxima por beneficiario alcanza 40.000 EUR, financiando costes asociados a proyectos que impulsen la innovación tecnológica y empresarial en Galicia.

02

Para quién

Personas físicas que desarrollen actividad económica y pequeñas y medianas empresas (PYME) registradas en Galicia, especialmente las que operan en actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, o edición, radiodifusión y producción de contenidos.

03

Qué cubre

Proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) que fortalezcan la competitividad y el crecimiento de startups gallegas, incluyendo costes de personal, equipamiento, servicios técnicos y otras inversiones directamente asociadas.

04

Cómo se pide

La solicitud se presenta ante el IGAPE siguiendo el procedimiento establecido en las bases reguladoras. Consulta los requisitos de elegibilidad, documentación obligatoria y plazo de presentación en la convocatoria oficial del IGAPE o sus sedes administrativas.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGUR…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 31 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 40.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que desarrollen actividad económica y pequeñas y medianas empresas (PYME) registradas en Galicia, especialmente las que operan en actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, o edición, radiodifusión y producción de co… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La solicitud se presenta ante el IGAPE siguiendo el procedimiento establecido en las bases reguladoras. Consulta los requisitos de elegibilidad, documentación obligatoria y plazo de presentación en la convocatoria oficial del IGAPE o sus sedes administrativas.