Abierta Cierra en 31 días · 30 sept 2026

Bases reguladoras Financiación Igape-pymes 2026, concurrencia no competitiva, mínimis pesca

INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) · GALICIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de apoyo al acceso al crédito para pequeñas y medianas empresas y personas físicas con actividad económica en Galicia, articulada por el Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape) mediante la resolución de 30 de diciembre de 2025 que aprueba sus bases reguladoras. El marco cuenta con una dotación conjunta en torno a 1.000.000 de euros y recoge, según la propia norma, un régimen de mínimis específico aplicable al sector pesquero.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que desarrollan una actividad económica en Galicia. El registro asocia la convocatoria a los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, y edición, radiodifusión y producción de contenidos.

03

Qué cubre

Facilita el acceso a financiación para pymes y autónomos gallegos, dentro de un marco de apoyo al crédito aprobado por el Igape. El importe concreto por beneficiario no consta en el registro; la dotación conjunta asignada ronda 1.000.000 de euros.

04

Cómo se pide

El registro recoge un plazo abierto entre el 21/01/2026 y el 30/09/2026. La solicitud, requisitos y documentación se tramitan según establezcan las bases reguladoras publicadas por el Igape, a través de sus canales oficiales.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 31 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 1.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que desarrollan una actividad económica en Galicia. El registro asocia la convocatoria a los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, y edición, radiodifusión y producción de contenidos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El registro recoge un plazo abierto entre el 21/01/2026 y el 30/09/2026. La solicitud, requisitos y documentación se tramitan según establezcan las bases reguladoras publicadas por el Igape, a través de sus canales oficiales.