Abierta Cierra en 30 días · 30 sept 2026

Bases reguladoras financiación Igape-pymes 2026, concurrencia no competitiva, mínimis general

INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) · GALICIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Es el marco de bases reguladoras que el Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE) aprueba para 2026 con el fin de facilitar el acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas y autónomos de Galicia. Las ayudas se conceden bajo el régimen de mínimis general, dentro del ámbito de industria y energía, y el registro recoge una dotación de referencia de 17.000.000 €. La ayuda se materializa como subvención o entrega dineraria sin contraprestación.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que desarrollen actividad económica en Galicia. El registro no restringe por sector: cubre desde industria, construcción y comercio hasta turismo, transporte, servicios profesionales, TIC, agricultura y otros servicios.

03

Qué cubre

Ayudas para facilitar el acceso al crédito de pymes y autónomos gallegos, dentro del ámbito de industria y energía, concedidas como subvención o entrega dineraria sin contraprestación. El registro no detalla el instrumento financiero concreto (aval, bonificación de intereses u otro) ni el importe por beneficiario.

04

Cómo se pide

El plazo recogido en el registro va del 26 de enero al 30 de septiembre de 2026. La solicitud se tramita ante el IGAPE, según el procedimiento y la documentación que detallen las bases reguladoras publicadas el 30 de diciembre de 2025.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 30 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 17.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que desarrollen actividad económica en Galicia. El registro no restringe por sector: cubre desde industria, construcción y comercio hasta turismo, transporte, servicios profesionales, TIC, agricultura y otros servicios. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo recogido en el registro va del 26 de enero al 30 de septiembre de 2026. La solicitud se tramita ante el IGAPE, según el procedimiento y la documentación que detallen las bases reguladoras publicadas el 30 de diciembre de 2025.