Abierta Cierra en 107 días · 31 dic 2026

Convocatoria en Alojamientos Rurales del Principado de Asturias a Través del Bono Turismo Rural de Asturias

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RETO DEMOGRÁFICO, IGUALDAD Y TURISMO · PRINCIPADO DE ASTURIAS · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Principado de Asturias pone en marcha un bono turístico para abaratar las estancias en alojamientos rurales de la región. Convoca la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, se tramita por concesión directa y cuenta con una dotación de 700.000 euros. Está vigente del 2 de febrero al 31 de diciembre de 2026 y busca reactivar el turismo rural asturiano fuera del circuito habitual de ayudas a empresas.

02

Para quién

La ayuda no se dirige a los alojamientos ni a empresas del sector: pueden solicitarla personas físicas que no ejercen actividad económica, es decir, particulares que quieran reservar una estancia en un alojamiento rural del Principado de Asturias.

03

Qué cubre

Financia, mediante bono, parte del coste de una estancia en alojamientos rurales asturianos. El registro no detalla el importe del bono por persona o reserva, ni el porcentaje de descuento aplicable; solo consta la dotación global de la convocatoria.

04

Cómo se pide

La convocatoria es de concesión directa; el registro no detalla plazo, canal ni portal de tramitación, por lo que hay que solicitarla según el procedimiento que fijen las bases reguladoras publicadas por la Consejería.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

OTROS SERVICIOSTRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 107 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 700.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

La ayuda no se dirige a los alojamientos ni a empresas del sector: pueden solicitarla personas físicas que no ejercen actividad económica, es decir, particulares que quieran reservar una estancia en un alojamiento rural del Principado de Asturias. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria es de concesión directa; el registro no detalla plazo, canal ni portal de tramitación, por lo que hay que solicitarla según el procedimiento que fijen las bases reguladoras publicadas por la Consejería.