Abierta Cierra en 60 días · 30 oct 2026

Convocatoria general de subvenciones 2026. Anexo nº 18: Ayudas a la creación de empresas en Irun: proyectos e-joven y e-innovador.

AYUNTAMIENTO DE IRUN · IRUN · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de subvenciones del Ayuntamiento de Irun para impulsar la creación de nuevas empresas en sectores estratégicos. Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva con dotación de hasta 60.000 euros. Los fondos se destinan a proyectos de emprendimiento clasificados en las categorías e-joven e e-innovador, dirigidos a fortalecer el tejido empresarial local y generar empleo.

02

Para quién

Personas físicas y pequeñas empresas que desarrollan actividad económica en sectores como servicios administrativos, actividades artísticas, entretenimiento, edición, radiodifusión o producción de contenidos y que cumplen los requisitos del Ayuntamiento de Irun.

03

Qué cubre

La subvención financia la creación e implantación de proyectos empresariales innovadores o promovidos por emprendedores jóvenes. Cubre gastos asociados a la puesta en marcha según lo regulado en las bases de la convocatoria.

04

Cómo se pide

Solicita ante el Ayuntamiento de Irun dentro del plazo vigente (hasta 30 octubre 2026). Consulta las bases municipales para detalles sobre presentación y requisitos específicos.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 oct 2026, es decir, quedan 60 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 60.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas y pequeñas empresas que desarrollan actividad económica en sectores como servicios administrativos, actividades artísticas, entretenimiento, edición, radiodifusión o producción de contenidos y que cumplen los requisitos del Ayuntamiento de Irun. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Solicita ante el Ayuntamiento de Irun dentro del plazo vigente (hasta 30 octubre 2026). Consulta las bases municipales para detalles sobre presentación y requisitos específicos.