Abierta Cierra en 91 días · 30 nov 2026

En sesión ordinaria que la Junta de Gobierno Local de 15 de diciembre de 2025 se ha adoptado el acuerdo de aprobar la convocatoria de ayudas económicas para fomento de autoempleo 2026.

AYUNTAMIENTO DE BARAÑÁIN/BARAÑAIN · BARAÑÁIN/BARAÑAIN · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria del Ayuntamiento de Barañáin dirigida a impulsar la creación y consolidación del autoempleo. Se trata de una concesión directa (sin concurrencia competitiva) de ayudas por un importe total de 40.000 euros. Las bases reguladoras establecen los criterios y requisitos para acceder a estas subvenciones dentro del programa de Fomento del Autoempleo 2026. El municipio busca fortalecer el tejido empresarial local apoyando a emprendedores y pequeños empresarios en sus proyectos de actividad económica.

02

Para quién

Personas físicas que desarrollan actividad económica y pequeñas y medianas empresas (PYME) domiciliadas o con actividad en Barañáin, especialmente en los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, y producción de contenidos.

03

Qué cubre

Financia proyectos de autoempleo, creación de empleo y consolidación de iniciativas empresariales en el municipio. Las ayudas pueden destinarse a inversiones, capital de trabajo, formación u otros gastos necesarios para el inicio o desarrollo de la actividad económica.

04

Cómo se pide

Solicitud según el plazo que fijen las bases reguladoras, con vencimiento el 30 de noviembre de 2026. El procedimiento, documentación requerida y forma de presentación se detallan en las bases de la convocatoria publicadas por el Ayuntamiento de Barañáin.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGUR…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 nov 2026, es decir, quedan 91 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 40.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que desarrollan actividad económica y pequeñas y medianas empresas (PYME) domiciliadas o con actividad en Barañáin, especialmente en los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, y producción de contenid… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Solicitud según el plazo que fijen las bases reguladoras, con vencimiento el 30 de noviembre de 2026. El procedimiento, documentación requerida y forma de presentación se detallan en las bases de la convocatoria publicadas por el Ayuntamiento de Barañáin.