Abierta Cierra en 51 días · 10 nov 2026

Orden de 21 de noviembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para paliar los daños producidos por el jabalí en los cultivos agrícolas y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento MT809E)

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO · GALICIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayuda de la Xunta de Galicia, gestionada por la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático, para compensar los daños que el jabalí causa en los cultivos agrícolas gallegos. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva, es decir, se comparan y priorizan todas las solicitudes recibidas antes de repartir el dinero disponible. La convocatoria para 2026 cuenta con una dotación total de 1.405.832 euros.

02

Para quién

Personas físicas sin actividad económica (particulares con explotación agrícola afectada) y pymes o personas físicas que sí desarrollan actividad económica, dentro del sector agricultura, ganadería y caza, en Galicia.

03

Qué cubre

Compensación económica por los daños y pérdidas ocasionados por el jabalí en las cosechas y cultivos agrícolas; el brief no detalla porcentajes ni conceptos concretos cubiertos, por lo que conviene consultar las bases para el desglose exacto.

04

Cómo se pide

El periodo de la convocatoria va del 3 de diciembre de 2025 al 10 de noviembre de 2026; conviene confirmar en las bases el plazo exacto para presentar la solicitud. Se tramita ante la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático de la Xunta de Galicia.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Agricultura, ganadería, caza y servicio…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 10 nov 2026, es decir, quedan 51 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 1.405.832 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas sin actividad económica (particulares con explotación agrícola afectada) y pymes o personas físicas que sí desarrollan actividad económica, dentro del sector agricultura, ganadería y caza, en Galicia. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El periodo de la convocatoria va del 3 de diciembre de 2025 al 10 de noviembre de 2026; conviene confirmar en las bases el plazo exacto para presentar la solicitud. Se tramita ante la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático de la Xunta de Galicia.