Abierta Cierra en 118 días · 18 dic 2026

Subvenciones por Asistencia Técnica a las Empresas de Inserción Sociolaboral 2026

SERVICIO NAVARRO DE EMPLEO - NAFAR LANSARE · COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de ayudas del Servicio Navarro de Empleo (Nafar Lansare), organismo de la Comunidad Foral de Navarra, para financiar servicios de asistencia técnica a empresas de inserción sociolaboral, entidades cuya actividad consiste en incorporar al mercado de trabajo a personas en riesgo de exclusión. Se tramita como concesión directa, sin convocatoria en concurrencia competitiva, con una dotación de 750.000 euros dentro de las políticas de fomento del empleo. No procede de fondos Next Generation.

02

Para quién

PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica, en concreto empresas de inserción sociolaboral que operen en Navarra y necesiten apoyo técnico especializado para su actividad.

03

Qué cubre

Financia actuaciones de asistencia técnica dirigidas a estas empresas de inserción. El registro no detalla las partidas concretas (formación, consultoría, acompañamiento u otras), por lo que conviene confirmar el alcance exacto en las bases reguladoras.

04

Cómo se pide

El registro sitúa el periodo entre el 17/12/2025 y el 18/12/2026. Al ser concesión directa no hay convocatoria pública abierta a solicitud libre: el trámite y la documentación exigida se consultan directamente en el Servicio Navarro de Empleo - Nafar Lansare.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Administración pública y de la política…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 18 dic 2026, es decir, quedan 118 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 750.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica, en concreto empresas de inserción sociolaboral que operen en Navarra y necesiten apoyo técnico especializado para su actividad. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El registro sitúa el periodo entre el 17/12/2025 y el 18/12/2026. Al ser concesión directa no hay convocatoria pública abierta a solicitud libre: el trámite y la documentación exigida se consultan directamente en el Servicio Navarro de Empleo - Nafar Lansare.