Abierta Cierra en 1123 días · 17 oct 2029

Línea de préstamos “ICF Emergencias” con condiciones preferentes para empresas y entidades afectadas por situaciones de emergencia climática. Reglamento (UE) núm. 651/2014.

INSTITUT CATALÀ DE FINANCES (ICF) · CATALUÑA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de préstamos en condiciones preferentes que impulsa el Institut Català de Finances (ICF) para empresas y entidades de Cataluña afectadas por situaciones de emergencia climática. No es una ayuda a fondo perdido: es financiación con tipos y plazos más favorables que los del mercado. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva y cuenta con una dotación de 625.000 euros. El registro no detalla el objeto concreto de cada préstamo ni las condiciones financieras exactas, que fija la normativa propia de la línea.

02

Para quién

Pueden solicitarla grandes empresas, pymes y personas físicas con actividad económica en Cataluña que hayan resultado afectadas por una emergencia climática. El registro la vincula, entre otros, a sectores como servicios administrativos y auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, y edición, radiodifusión y producción de contenidos, aunque no se limita en exclusiva a ellos.

03

Qué cubre

Financia, en forma de préstamo (no de subvención directa), necesidades derivadas de situaciones de emergencia climática en empresas y entidades catalanas. El brief no detalla partidas concretas (inversión, circulante, reparación de daños, etc.); esas condiciones las fija la normativa específica de la línea "ICF Emergencias", que no consta íntegra en el registro.

04

Cómo se pide

La solicitud se presenta ante el Institut Català de Finances (ICF), según el procedimiento que fije la normativa propia de la línea. No consta fecha de inicio; el plazo permanece abierto hasta el 17 de octubre de 2029 o hasta agotar la dotación.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGUR…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 17 oct 2029, es decir, quedan 1123 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 625.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden solicitarla grandes empresas, pymes y personas físicas con actividad económica en Cataluña que hayan resultado afectadas por una emergencia climática. El registro la vincula, entre otros, a sectores como servicios administrativos y auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entreten… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La solicitud se presenta ante el Institut Català de Finances (ICF), según el procedimiento que fije la normativa propia de la línea. No consta fecha de inicio; el plazo permanece abierto hasta el 17 de octubre de 2029 o hasta agotar la dotación.