Línea de préstamos bonificados “ICF Aranceles” con condiciones preferentes para empresas afectadas por la política comercial de Estados Unidos de América. Reglamento (UE) núm. 1408/2013.
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Línea de financiación competitiva del Institut Català de Finances (ICF) orientada a facilitar acceso a capital de trabajo y de inversión en condiciones preferentes. El programa ofrece préstamos bonificados específicamente diseñados para pymes, grandes empresas y personas físicas que ejercen actividad económica en Cataluña y se han visto afectadas negativamente por medidas de política comercial emanadas de Estados Unidos. La dotación total alcanza los 205.645 euros. La solicitud tramita en concurrencia competitiva según normativa reguladora propia del programa.
Para quién
Grandes empresas, pequeñas y medianas empresas (pymes), y personas físicas que desarrollan una actividad económica profesional en Cataluña, especialmente aquellas cuyos negocios han resultado perjudicados por aranceles o medidas comerciales estadounidenses. Aplica a empresas de los sectores de industria manufacturera, agricultura, ganadería, silvicultura, pesca, así como artes, deportes y entretenimiento.
Qué cubre
Financiación mediante préstamos con condiciones bonificadas (intereses reducidos y términos preferenciales). El programa financia capital de trabajo, inversiones en equipamiento y activos fijos, así como otras actuaciones de refuerzo económico de las empresas perjudicadas por conflictividad comercial internacional.
Cómo se pide
Presentación directa ante el Institut Català de Finances según el plazo que establezcan las bases reguladoras específicas. Plazo de vigencia hasta 3 de julio de 2029. Para fechas de apertura y procedimiento completo, consulta la web de ICF o las bases publicadas en el registro oficial.
Beneficiarios
Sectores (CNAE)
Guías que te ayudan
Qué papeles vas a necesitar
Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.
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Identificación del solicitante
NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.
Identificación del solicitante es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Poder de representación
Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.
Poder de representación es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Estar al corriente con Hacienda
Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.
Estar al corriente con Hacienda es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Estar al corriente con la Seguridad Social
Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.
Estar al corriente con la Seguridad Social es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Memoria del proyecto
Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.
Memoria del proyecto es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Presupuesto detallado
Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.
Presupuesto detallado es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Declaración de otras ayudas (de minimis)
Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.
Declaración de otras ayudas (de minimis) es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Certificado de titularidad bancaria
La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.
Certificado de titularidad bancaria es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
Y después, justificar
Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.
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Facturas y justificantes de pago
La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.
Facturas y justificantes de pago es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Memoria económica
La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.
Memoria económica es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Memoria de actuación
Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.
Memoria de actuación es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Publicidad de la financiación
Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.
Publicidad de la financiación es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 03 jul 2029, es decir, quedan 1017 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.
¿De cuánto es la ayuda?
Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 205.645 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.
¿Quién puede solicitarla?
Grandes empresas, pequeñas y medianas empresas (pymes), y personas físicas que desarrollan una actividad económica profesional en Cataluña, especialmente aquellas cuyos negocios han resultado perjudicados por aranceles o medidas comerciales estadounidenses. Aplica a empresas de los sectores de indu… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.
¿Cómo se solicita?
Presentación directa ante el Institut Català de Finances según el plazo que establezcan las bases reguladoras específicas. Plazo de vigencia hasta 3 de julio de 2029. Para fechas de apertura y procedimiento completo, consulta la web de ICF o las bases publicadas en el registro oficial.