Abierta Cierra en 1228 días · 31 dic 2029

Ayudas para la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación de las IB (TEC 2025)

DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES · ILLES BALEARS · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria del Govern de les Illes Balears, gestionada por la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores, para financiar la contratación de personal técnico que dé apoyo a las tareas de investigación en las islas (línea TEC 2025). Se resuelve por concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y comparan entre sí según los criterios de las bases, no por orden de entrada. La dotación total asignada es de 1.025.500 euros.

02

Para quién

Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, esto es, entidades sin ánimo de lucro y organismos dedicados a la investigación y el desarrollo (I+D) en las Illes Balears, como universidades, centros e institutos de investigación radicados en el archipiélago.

03

Qué cubre

Financia la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación dentro de las entidades beneficiarias dedicadas a I+D en las Illes Balears. El brief no detalla el importe por contrato ni el número de plazas convocadas en esta línea (TEC 2025).

04

Cómo se pide

La solicitud se presenta según el procedimiento y el plazo que fijen las bases reguladoras y la convocatoria específica del Govern de les Illes Balears; conviene consultarlas antes de preparar la documentación.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Investigación y desarrollo

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2029, es decir, quedan 1228 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 1.025.500 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, esto es, entidades sin ánimo de lucro y organismos dedicados a la investigación y el desarrollo (I+D) en las Illes Balears, como universidades, centros e institutos de investigación radicados en el archipiélago. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La solicitud se presenta según el procedimiento y el plazo que fijen las bases reguladoras y la convocatoria específica del Govern de les Illes Balears; conviene consultarlas antes de preparar la documentación.