Cerrada Hasta 18 ago 2026

S0211 - Proyecto Vida Indepediente Itinerarios Individuales - 2026

SECRETARÍA AUTONÓMICA DE FAMILIA Y SERVICIOS SOCIALES · COMUNITAT VALENCIANA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de la Generalitat Valenciana, tramitada por la Secretaría Autonómica de Familia y Servicios Sociales, para financiar itinerarios individuales dentro de un programa de vida independiente. Se resuelve en régimen de concurrencia competitiva, con una dotación total de 1.000.000 euros para 2026. Las bases reguladoras aplicables son las de la Orden 1/2016, de 20 de enero, de la entonces Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. No forma parte de los fondos Next Generation.

02

Para quién

Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica (entidades sin ánimo de lucro, asociaciones o fundaciones) vinculadas al ámbito de servicios sociales y promoción social, dentro del sector de educación, en la Comunitat Valenciana.

03

Qué cubre

Financia el desarrollo de itinerarios individuales de apoyo a la vida independiente por parte de las entidades beneficiarias, dentro de la finalidad de servicios sociales y promoción social. El registro no detalla partidas de gasto concretas ni cuantía máxima por beneficiario.

04

Cómo se pide

La solicitud se presenta entre el 21 de julio y el 18 de agosto de 2026, dentro del procedimiento de concurrencia competitiva regulado en la Orden 1/2016. Conviene consultar la convocatoria en el DOGV para el modelo oficial y la documentación exigida.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 18 ago 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 1.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica (entidades sin ánimo de lucro, asociaciones o fundaciones) vinculadas al ámbito de servicios sociales y promoción social, dentro del sector de educación, en la Comunitat Valenciana. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): Conviene consultar la convocatoria en el DOGV para el modelo oficial y la documentación exigida.