Abierta Cierra en 40 días · 30 sept 2026

(REE) Eficiencia energética Terciario FNEE (Reg. 651/2014)

AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA · LA RIOJA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de ayudas de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja para financiar mejoras de eficiencia energética en el sector terciario, encuadrada en el Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) y sujeta al régimen europeo de ayudas de Estado (Reglamento UE 651/2014). Se concede de forma directa, sin convocatoria en concurrencia competitiva, y dispone de una dotación de 1.573.560 euros. Las bases reguladoras se aprobaron mediante la Orden EIE/60/2024, de 13 de agosto, de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

02

Para quién

Pymes, personas físicas con actividad económica y grandes empresas de La Rioja, en particular de los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades financieras y de seguros, y actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento.

03

Qué cubre

Financia actuaciones de mejora de la eficiencia energética en edificios e instalaciones del sector terciario (no industrial), en línea con los objetivos del Fondo Nacional de Eficiencia Energética; las actuaciones concretas subvencionables se detallan en las bases reguladoras.

04

Cómo se pide

Al tratarse de una concesión directa, sin convocatoria en concurrencia competitiva, la solicitud se presenta según el procedimiento que fije la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja; la línea está vigente hasta el 30 de septiembre de 2026.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOREDUCACIÓNHOSTELERÍA

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 40 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 1.573.560 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes, personas físicas con actividad económica y grandes empresas de La Rioja, en particular de los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades financieras y de seguros, y actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Al tratarse de una concesión directa, sin convocatoria en concurrencia competitiva, la solicitud se presenta según el procedimiento que fije la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja; la línea está vigente hasta el 30 de septiembre de 2026.