Abierta Cierra en 10 días · 30 sept 2026

Ayudas para la puesta en marcha de grupos de cooperación para la innovación en digitalización y gestión sostenible de explotaciones ganaderas 2026

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA) · ILLES BALEARS · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria autonómica del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) para impulsar la puesta en marcha de grupos de cooperación agraria centrados en digitalizar la gestión de las explotaciones ganaderas y hacerlas más sostenibles. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva, con una dotación conjunta de 1.000.000 € para toda la convocatoria, y se rige por la Orden 10/2023, de 5 de abril, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación de las Illes Balears.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que ejercen actividad económica en el sector agrario —agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados— y que se organicen en un grupo de cooperación para presentar el proyecto de forma conjunta.

03

Qué cubre

Financia la puesta en marcha de grupos de cooperación orientados a proyectos de digitalización y de gestión más sostenible en explotaciones ganaderas. No es una ayuda Next Generation. El detalle de gastos subvencionables y porcentajes no consta en el registro; conviene revisarlo en la Orden 10/2023 y en la convocatoria.

04

Cómo se pide

El plazo finaliza el 30 de septiembre de 2026, según consta en el registro; la fecha de apertura no figura, por lo que conviene comprobarla en la sede del FOGAIBA. La solicitud se presenta según el procedimiento que fijen las bases (Orden 10/2023).

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Agricultura, ganadería, caza y servicio…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 10 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 1.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que ejercen actividad económica en el sector agrario —agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados— y que se organicen en un grupo de cooperación para presentar el proyecto de forma conjunta. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo finaliza el 30 de septiembre de 2026, según consta en el registro; la fecha de apertura no figura, por lo que conviene comprobarla en la sede del FOGAIBA. La solicitud se presenta según el procedimiento que fijen las bases (Orden 10/2023).