Abierta Cierra en 222 días · 30 abr 2027

Beques Convocatòria 2026-2027 (drets Socials)

AYUNTAMIENTO DE ESPLUGUES DE LLOBREGAT · ESPLUGUES DE LLOBREGAT · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una línea de ayudas económicas del área de Derechos Sociales del Ayuntamiento de Esplugues de Llobregat, gestionada como concesión directa y no por concurrencia competitiva. La convocatoria, vigente desde julio de 2026 hasta abril de 2027, cuenta con una dotación total de 266.000 euros y se instrumenta como entrega dineraria sin contraprestación, es decir, un pago directo a la persona o entidad beneficiaria sin que esta deba devolver nada a cambio.

02

Para quién

Pueden acceder personas físicas y entidades sin actividad económica, así como autónomos, pymes y grandes empresas, según el perfil concreto que determine cada solicitud dentro de las bases reguladoras del programa.

03

Qué cubre

Financia lo que el consistorio clasifica como otras prestaciones económicas, dentro del programa municipal de becas del área de Derechos Sociales, mediante un pago único sin contrapartida para quien resulte beneficiario.

04

Cómo se pide

El plazo va del 6 de julio de 2026 al 30 de abril de 2027. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Esplugues de Llobregat siguiendo el procedimiento fijado en las bases reguladoras de estas becas.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Administración pública y de la política…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 abr 2027, es decir, quedan 222 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 266.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden acceder personas físicas y entidades sin actividad económica, así como autónomos, pymes y grandes empresas, según el perfil concreto que determine cada solicitud dentro de las bases reguladoras del programa. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo va del 6 de julio de 2026 al 30 de abril de 2027. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Esplugues de Llobregat siguiendo el procedimiento fijado en las bases reguladoras de estas becas.