Abierta Cierra en 67 días · 31 oct 2026

Convocatòria Sub Propietaris Arrendament Borsa Habitatge

CONSELL COMARCAL DE ALT PENEDÈS · CONSELL COMARCAL DE ALT PENEDÈS · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una línea de ayudas del Consell Comarcal de l'Alt Penedès (Barcelona) dirigida a propietarios que incorporan su vivienda a la bolsa comarcal de alquiler, un programa de intermediación que facilita el acceso a la vivienda a precios asequibles. La convocatoria se resuelve en régimen de concurrencia competitiva: las solicitudes se comparan entre sí y se conceden según los criterios de valoración hasta agotar la dotación, fijada en 25.000 euros para esta edición.

02

Para quién

Pueden solicitarla particulares y empresas propietarios de una vivienda -con o sin actividad económica, autónomos, pymes o incluso grandes empresas- siempre que la pongan en alquiler a través de la bolsa de vivienda de la comarca.

03

Qué cubre

La ayuda consiste en una entrega dineraria directa, sin contraprestación, pensada como incentivo para que el propietario acepte las condiciones de la bolsa de alquiler y así crezca la oferta de vivienda asequible en la comarca.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar la solicitud está abierto hasta el 31 de octubre de 2026. La tramitación se realiza ante el Consell Comarcal de l'Alt Penedès, según el procedimiento que detallan sus bases reguladoras.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Alquiler de bienes inmobiliarios por cu…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 oct 2026, es decir, quedan 67 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 25.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden solicitarla particulares y empresas propietarios de una vivienda -con o sin actividad económica, autónomos, pymes o incluso grandes empresas- siempre que la pongan en alquiler a través de la bolsa de vivienda de la comarca. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo para presentar la solicitud está abierto hasta el 31 de octubre de 2026. La tramitación se realiza ante el Consell Comarcal de l'Alt Penedès, según el procedimiento que detallan sus bases reguladoras.