Abierta Cierra en 36 días · 30 sept 2026

Resolución de 08/07/2026, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas del Programa de apoyo a la innovación Innova-Adelante en Castilla-La Mancha, cofinanciable en el marco del programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027, ejercicio 2026.

DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESAS · CASTILLA-LA MANCHA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Es la convocatoria 2026 del programa Innova-Adelante, con la que la Dirección General de Empresas de Castilla-La Mancha apoya proyectos de investigación, desarrollo e innovación del tejido empresarial regional. Se resuelve por concurrencia competitiva: se comparan y puntúan todas las solicitudes presentadas antes de repartir el dinero. Cuenta con una dotación de 5.000.000 de euros, cofinanciada por el FEDER 2021-2027.

02

Para quién

Pueden optar tanto pymes y autónomos con actividad económica como grandes empresas, siempre que operen en Castilla-La Mancha en sectores muy diversos: industria, construcción, hostelería o servicios técnicos y de I+D.

03

Qué cubre

La ayuda se concede como subvención directa, sin contraprestación, para financiar actuaciones de investigación, desarrollo tecnológico e innovación que mejoren la competitividad de la empresa beneficiaria.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar la solicitud termina el 30 de septiembre de 2026. La petición se tramita conforme a la Orden 58/2024, de 25 de abril, que regula las bases del programa.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades de agencias de viajes, oper…Actividades de bibliotecas, archivos, m…Actividades de construcción especializa…Actividades de creación artística y art…Actividades de descontaminación y otros…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…Actividades de recogida, tratamiento y …Actividades deportivas, recreativas y d…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 36 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 5.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar tanto pymes y autónomos con actividad económica como grandes empresas, siempre que operen en Castilla-La Mancha en sectores muy diversos: industria, construcción, hostelería o servicios técnicos y de I+D. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo para presentar la solicitud termina el 30 de septiembre de 2026. La petición se tramita conforme a la Orden 58/2024, de 25 de abril, que regula las bases del programa.