Cerrada Hasta 10 ago 2026

Convocatoria 2026 para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actividades o proyectos vinculados a las enseñanzas artísticas

AYUNTAMIENTO DE MASNOU, EL · MASNOU, EL · LOCAL
Cita literal de la fuente oficial · verificado con IA
«El presupuesto máximo que se destinará este año es de 40.000,00 € para la concesión de las subvenciones objeto de la presente convocatoria El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOPB.»
Extraído del PDF de bases de la convocatoria · ver fuente
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una convocatoria municipal, en concurrencia competitiva, del Ayuntamiento de El Masnou (Barcelona) para apoyar económicamente actividades o proyectos vinculados a la enseñanza artística. Las bases reguladoras específicas fijan los criterios de valoración y los requisitos que deben cumplir las propuestas presentadas.

02

Para quién

Pueden optar personas físicas y jurídicas que no desarrollen actividad económica, así como pymes y personas físicas que sí la desarrollen, siempre que su proyecto esté vinculado a las enseñanzas artísticas y tenga vinculación con El Masnou (Barcelona).

03

Qué cubre

La ayuda toma la forma de subvención dineraria directa, sin contraprestación, destinada a financiar actividades o proyectos de enseñanza artística. El presupuesto total disponible para esta edición es de 40.000 euros, que se repartirán entre las solicitudes que resulten seleccionadas según la valoración prevista en las bases.

04

Cómo se pide

La solicitud se presenta en un plazo de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOPB (Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona). Según las fechas que constan, el periodo previsto va del 14 de julio al 10 de agosto de 2026.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 10 ago 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 40.000 €. La fuente oficial lo recoge así: «El presupuesto máximo que se destinará este año es de 40.000,00 € para la concesión de las subvenciones objeto de la presente convocatoria».

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar personas físicas y jurídicas que no desarrollen actividad económica, así como pymes y personas físicas que sí la desarrollen, siempre que su proyecto esté vinculado a las enseñanzas artísticas y tenga vinculación con El Masnou (Barcelona). Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.