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33E- Activitats de creació i difusió d`arts escèniques

AYUNTAMIENTO DE RUBÍ · RUBÍ · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una subvención del Ayuntamiento de Rubí (Barcelona) destinada a financiar actividades de creación y difusión de artes escénicas organizadas por entidades ciudadanas del municipio. Se enmarca en las bases reguladoras de 2022 para las subvenciones a las entidades inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas, y se gestiona mediante concurrencia competitiva, es decir, las solicitudes se valoran y priorizan entre sí antes de repartir los fondos disponibles.

02

Para quién

Va dirigida a personas jurídicas sin actividad económica, en la práctica asociaciones y entidades ciudadanas de Rubí que estén dadas de alta en el registro municipal correspondiente y que trabajen en el ámbito de la cultura, en concreto en actividades asociativas relacionadas con las artes escénicas.

03

Qué cubre

La ayuda se otorga como subvención directa (entrega dineraria sin contraprestación) para sufragar actividades de creación y difusión de artes escénicas impulsadas por la entidad beneficiaria. El importe de referencia asociado a esta convocatoria es de 1.200 euros; no se trata de un fondo vinculado a ningún programa Next Generation EU.

04

Cómo se pide

El expediente no recoge fechas concretas de apertura ni cierre de plazo, por lo que hay que consultar el calendario vigente en las bases reguladoras de 2022 y en la sede del Ayuntamiento de Rubí, que es quien tramita y resuelve estas subvenciones para entidades del Registro de Entidades Ciudadanas.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Otras actividades asociativas

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está por confirmar: no consta en los campos oficiales estructurados de la BDNS. Es una convocatoria pública, así que sí se solicita; consulta la fecha exacta en las bases oficiales antes de preparar nada. No la des por abierta ni por cerrada sin comprobarlo.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 1.200 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Va dirigida a personas jurídicas sin actividad económica, en la práctica asociaciones y entidades ciudadanas de Rubí que estén dadas de alta en el registro municipal correspondiente y que trabajen en el ámbito de la cultura, en concreto en actividades asociativas relacionadas con las artes escénica… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.