Cerrada Hasta 15 jul 2026

Bases del XXIII Concurso de Playback de Algaida de 2026 y del XXII Concurso de Playback de Pina de 2026

AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA · ALGAIDA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Es una ayuda municipal que premia la participación en los concursos de playback organizados por el Ayuntamiento de Algaida (Mallorca) con motivo de las fiestas de Algaida y de Pina, en sus ediciones XXIII y XXII respectivamente. El consistorio convoca el proceso en régimen de concurrencia competitiva, valorando las actuaciones presentadas en cada certamen. La dotación conjunta de ambos concursos asciende a 2.925 euros, repartidos entre las candidaturas mejor valoradas por el jurado.

02

Para quién

Pueden participar personas físicas que no ejercen actividad económica, es decir, particulares que quieran subir al escenario de las fiestas de Algaida o de Pina, sin necesidad de estar dados de alta como autónomos ni representar a ninguna empresa.

03

Qué cubre

La ayuda se entrega como subvención dineraria directa, sin contraprestación, para reconocer y premiar las actuaciones de playback presentadas al certamen. No cubre gastos de producción ni vestuario: es un premio en metálico ligado a la clasificación que otorgue el jurado en cada concurso.

04

Cómo se pide

El plazo de inscripción no consta cerrado en las bases publicadas, por lo que conviene consultarlo directamente en el Ayuntamiento de Algaida antes de apuntarse a cualquiera de los dos concursos de playback.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Actividades deportivas, recreativas y d…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 15 jul 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 2.925 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden participar personas físicas que no ejercen actividad económica, es decir, particulares que quieran subir al escenario de las fiestas de Algaida o de Pina, sin necesidad de estar dados de alta como autónomos ni representar a ninguna empresa. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.