Cerrada Hasta 10 ago 2026

Abrir la Convocatoria Pública, por el Programa 2 Actividades Inclusivas Durante el Curso 2025/2026

AYUNTAMIENTO DE VILAFRANCA DEL PENEDÈS · VILAFRANCA DEL PENEDÈS · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

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Qué es

Se trata de la convocatoria anual del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès para conceder ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dentro del Programa 2 de actividades inclusivas del curso 2025/2026. La dotación total es de 4.000 euros, que se repartirán entre los proyectos que mejor encajen con los criterios de valoración fijados en las bases. El objetivo es respaldar iniciativas que faciliten la participación de personas en situación de vulnerabilidad o diversidad funcional en la vida social del municipio.

02

Para quién

Pueden optar a la ayuda entidades sin ánimo de lucro, asociaciones, autónomos, pymes y también grandes empresas, así como personas físicas o jurídicas que no desarrollen actividad económica, siempre que impulsen proyectos de inclusión social.

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Qué cubre

La ayuda se otorga como entrega dineraria directa, sin contraprestación, para sufragar los gastos de organizar y desarrollar actividades inclusivas dirigidas a la comunidad a lo largo del curso escolar, dentro del ámbito de otros servicios sociales.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar solicitudes está abierto del 9 de julio al 10 de agosto de 2026. La petición se tramita ante el Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès, siguiendo el procedimiento y la documentación que detallan las bases reguladoras.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

OTROS SERVICIOS

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 10 ago 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 4.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar a la ayuda entidades sin ánimo de lucro, asociaciones, autónomos, pymes y también grandes empresas, así como personas físicas o jurídicas que no desarrollen actividad económica, siempre que impulsen proyectos de inclusión social. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La petición se tramita ante el Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès, siguiendo el procedimiento y la documentación que detallan las bases reguladoras.