Abierta Cierra en 236 días · 15 may 2027

RESOLUCIÓN de la Vicerrectora de Internacionalización por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas para la movilidad de estudiantes de programas de título doble, múltiple o conjunto internacional durante el curso 2026/2027

UNIVERSIDAD DE GRANADA · OTROS
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una ayuda económica que convoca la Universidad de Granada, a través del Vicerrectorado de Internacionalización, para el alumnado que participa en programas de titulación doble, múltiple o conjunta con universidades socias durante el curso 2026/2027. Se concede de forma directa, sin proceso competitivo entre solicitantes, y cuenta con una dotación total de 710.000 euros para repartir entre los estudiantes que cumplan las condiciones fijadas en la resolución.

02

Para quién

Va dirigida a estudiantes de la Universidad de Granada matriculados en programas de título doble, múltiple o conjunto internacional, es decir, a personas físicas sin actividad económica que cursan parte de sus estudios fuera de España.

03

Qué cubre

La ayuda consiste en una entrega dineraria directa, sin contraprestación, pensada para aliviar el coste de la movilidad académica: desplazamiento, estancia y demás gastos derivados de cursar el periodo correspondiente en la universidad extranjera del programa.

04

Cómo se pide

El periodo para acogerse a esta ayuda se extiende del 9 de julio de 2026 al 15 de mayo de 2027. La solicitud se tramita según el procedimiento que establezca la Universidad de Granada, normalmente a través de su Vicerrectorado de Internacionalización.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Educación terciaria

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 15 may 2027, es decir, quedan 236 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 710.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Va dirigida a estudiantes de la Universidad de Granada matriculados en programas de título doble, múltiple o conjunto internacional, es decir, a personas físicas sin actividad económica que cursan parte de sus estudios fuera de España. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El periodo para acogerse a esta ayuda se extiende del 9 de julio de 2026 al 15 de mayo de 2027. La solicitud se tramita según el procedimiento que establezca la Universidad de Granada, normalmente a través de su Vicerrectorado de Internacionalización.