Cerrada Hasta 31 jul 2026

Convocatoria subvenciones en régimen concurrencia no competitiva a familias con niños escolarizados en el 3º nivel del 1º ciclo de educación infantil (I2) en guarderías privadas de El Masnou autorizadas por la Generalitat de Catalunya. Curso 2025-26

AYUNTAMIENTO DE MASNOU, EL · MASNOU, EL · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una ayuda económica que el Ayuntamiento de El Masnou (Barcelona) pone en marcha para el curso 2025-2026, dirigida a costear parte de la cuota de guardería de los niños que cursan el tercer nivel del primer ciclo de educación infantil, es decir, la etapa de los dos años. La convocatoria, tramitada en régimen de concurrencia, cuenta con una dotación total de 40.000 euros y la gestiona directamente el consistorio conforme a sus bases específicas.

02

Para quién

Pueden optar a ella las familias que tengan un hijo o hija matriculado en el nivel I2 (dos años) de una guardería privada de El Masnou autorizada por la Generalitat de Catalunya.

03

Qué cubre

La ayuda se abona como una entrega dineraria directa, sin contrapartida, y está pensada para aliviar el gasto que supone la cuota mensual de la escuela infantil privada durante todo el curso escolar 2025-2026, aligerando así la economía familiar.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar la solicitud está abierto del 13 al 31 de julio de 2026, y debe tramitarse ante el Ayuntamiento de El Masnou siguiendo el procedimiento que fijan sus bases específicas.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 31 jul 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 40.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar a ella las familias que tengan un hijo o hija matriculado en el nivel I2 (dos años) de una guardería privada de El Masnou autorizada por la Generalitat de Catalunya. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.