Cerrada Hasta 17 ago 2026

Orden del 22 de junio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el sector editorial galego, relativas a los gastos a la producción editorial literaria para los ejercicios 2026 y 2027

CONSELLERÍA DE CULTURA, LENGUA Y JUVENTUD · GALICIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una línea de ayudas de la Xunta de Galicia, gestionada por la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud, dirigida a sufragar los gastos de producción de libros editados en Galicia durante 2026 y 2027. Se conceden en régimen de concurrencia competitiva, es decir, las solicitudes se valoran y priorizan entre sí, con una dotación total de 350.000 euros y sujeción al régimen de mínimis europeo.

02

Para quién

Pueden optar pequeñas y medianas empresas y personas físicas con actividad económica dadas de alta en el sector editorial, en concreto en la edición de libros, periódicos y publicaciones similares.

03

Qué cubre

La ayuda se destina a cubrir los costes derivados de la producción editorial literaria: los gastos que conlleva sacar adelante un libro hasta su edición, mediante subvención directa a fondo perdido, sin contrapartida para el beneficiario.

04

Cómo se pide

El plazo de presentación se abre el 15 de julio de 2026 y se cierra el 17 de agosto de 2026. Las solicitudes se tramitan ante la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud de la Xunta de Galicia.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Edición de libros, periódicos y otras a…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 17 ago 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 350.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar pequeñas y medianas empresas y personas físicas con actividad económica dadas de alta en el sector editorial, en concreto en la edición de libros, periódicos y publicaciones similares. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): Las solicitudes se tramitan ante la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud de la Xunta de Galicia.