Abierta Cierra en 67 días · 31 oct 2026

Convocatoria de Subvenciones de comercios afectados por oobras 2026

AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA · ZARAGOZA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una línea de ayudas del Ayuntamiento de Zaragoza dirigida a paliar el impacto económico que sufren los negocios instalados en calles donde se están ejecutando obras públicas. Se tramita en concurrencia competitiva, es decir, las solicitudes se comparan entre sí y se resuelven según los criterios de la convocatoria hasta agotar el crédito. La partida asignada asciende a 150.000 euros y se rige por la Ordenanza General Municipal de Subvenciones del propio consistorio.

02

Para quién

Pueden optar pequeñas y medianas empresas y personas físicas que ejerzan una actividad económica, especialmente comercios minoristas con local abierto al público en zonas afectadas por obras municipales.

03

Qué cubre

La ayuda se materializa como una entrega dineraria directa, sin contraprestación, pensada para aliviar la caída de ingresos del comercio durante las obras. Los conceptos y cuantías concretas que se financian los fija la ordenanza reguladora.

04

Cómo se pide

El plazo está abierto desde el 10 de julio hasta el 31 de octubre de 2026. La solicitud se presenta conforme a lo previsto en la Ordenanza General Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Comercio al por menor

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 oct 2026, es decir, quedan 67 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 150.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar pequeñas y medianas empresas y personas físicas que ejerzan una actividad económica, especialmente comercios minoristas con local abierto al público en zonas afectadas por obras municipales. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo está abierto desde el 10 de julio hasta el 31 de octubre de 2026. La solicitud se presenta conforme a lo previsto en la Ordenanza General Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza.