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2023 Bases Concurso Narrativa Corta

AYUNTAMIENTO DE PINÓS, EL/PINOSO · PINÓS, EL/PINOSO · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una convocatoria pública de concurrencia competitiva promovida por el Ayuntamiento de El Pinós/Pinoso (Alicante), dirigida a premiar los mejores relatos breves presentados al certamen. La entidad organizadora selecciona las obras ganadoras conforme a las bases del concurso y otorga un premio en metálico a modo de reconocimiento, sin que el beneficiario deba aportar ninguna contraprestación adicional. La dotación económica total asociada a esta edición asciende a 400 euros.

02

Para quién

Pueden concurrir personas físicas y pequeñas empresas o autónomos que desarrollen actividad económica en el ámbito local, siempre que cumplan los requisitos de participación que fije la convocatoria.

03

Qué cubre

El concurso reconoce la creación narrativa mediante una entrega dineraria sin contraprestación: un premio en metálico para la obra u obras ganadoras, sin financiación de otros gastos ni servicios adicionales asociados al certamen.

04

Cómo se pide

El plazo de presentación de originales es el que fijen las bases del concurso. La participación se formaliza ante el Ayuntamiento de El Pinós/Pinoso, siguiendo el procedimiento y los canales que indique la convocatoria publicada.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está por confirmar: no consta en los campos oficiales estructurados de la BDNS. Es una convocatoria pública, así que sí se solicita; consulta la fecha exacta en las bases oficiales antes de preparar nada. No la des por abierta ni por cerrada sin comprobarlo.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 400 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden concurrir personas físicas y pequeñas empresas o autónomos que desarrollen actividad económica en el ámbito local, siempre que cumplan los requisitos de participación que fije la convocatoria. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo no está confirmado; el procedimiento que describen las bases es este: La participación se formaliza ante el Ayuntamiento de El Pinós/Pinoso, siguiendo el procedimiento y los canales que indique la convocatoria publicada.