Abierta Cierra en 36 días · 30 sept 2026

Convocatòria subvencions entitats, activitats i projectes culturals

AYUNTAMIENTO DE SALOU · SALOU · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una línea de subvenciones en concurrencia competitiva que impulsa el Ayuntamiento de Salou para apoyar la actividad cultural del municipio. La convocatoria reparte una dotación de 45.000 euros entre las entidades, colectivos y personas que presenten proyectos, actividades o programas culturales. Al tramitarse en régimen de concurrencia, las solicitudes se valoran y puntúan conforme a los criterios de las bases reguladoras, y el reparto se hace hasta agotar el crédito disponible.

02

Para quién

Pueden optar particulares sin actividad económica y también pymes o autónomos que trabajen en el ámbito cultural, siempre que su proyecto encaje en el tejido asociativo y cultural de Salou.

03

Qué cubre

La ayuda se concede como subvención directa, sin contrapartida, para sufragar actividades, proyectos y programas culturales que dinamicen la vida asociativa y cultural del municipio, desde iniciativas puntuales hasta programaciones más amplias impulsadas por entidades locales.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar solicitudes está abierto del 13 de julio al 30 de septiembre de 2026. La petición se tramita ante el Ayuntamiento de Salou conforme al procedimiento fijado en las bases reguladoras.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades asociativas

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 36 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 45.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar particulares sin actividad económica y también pymes o autónomos que trabajen en el ámbito cultural, siempre que su proyecto encaje en el tejido asociativo y cultural de Salou. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo para presentar solicitudes está abierto del 13 de julio al 30 de septiembre de 2026. La petición se tramita ante el Ayuntamiento de Salou conforme al procedimiento fijado en las bases reguladoras.