Abierta Cierra en 24 días · 18 sept 2026

Bases por las que se Regula Arte y Copas 2026

AYUNTAMIENTO DE POBLA, SA · POBLA, SA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una subvención local convocada por el Ayuntamiento de Sa Pobla (Mallorca) dentro de su programa cultural, pensada para reconocer y respaldar económicamente propuestas artísticas ligadas al entorno de la hostelería del municipio. El procedimiento es de concurrencia competitiva, de modo que las solicitudes se valoran y comparan entre sí según los criterios que fijen las bases reguladoras. La dotación asciende a 3.000 euros y se rige por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento.

02

Para quién

Pueden optar personas físicas que no ejerzan actividad económica, es decir, particulares o artistas que presenten su propuesta a título individual, sin actuar como autónomos ni como empresa.

03

Qué cubre

La ayuda se enmarca en el área de cultura y se otorga como entrega dineraria directa, sin contraprestación, destinada a respaldar económicamente el desarrollo de la propuesta artística seleccionada dentro de esta iniciativa municipal.

04

Cómo se pide

El plazo previsto va del 3 de agosto al 18 de septiembre de 2026. La solicitud se tramita ante el Ayuntamiento de Sa Pobla siguiendo el procedimiento de la Ordenanza General de Subvenciones.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 18 sept 2026, es decir, quedan 24 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 3.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar personas físicas que no ejerzan actividad económica, es decir, particulares o artistas que presenten su propuesta a título individual, sin actuar como autónomos ni como empresa. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo previsto va del 3 de agosto al 18 de septiembre de 2026. La solicitud se tramita ante el Ayuntamiento de Sa Pobla siguiendo el procedimiento de la Ordenanza General de Subvenciones.