Cerrada Hasta 30 jul 2026

Convocatoria para la Concesión de Subvenciones para Promover, Defender y Garantizar la Igualdad y la Diversidad Sexual y de Género

AYUNTAMIENTO DE MOLLET DEL VALLÈS · MOLLET DEL VALLÈS · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

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Qué es

Se trata de una convocatoria municipal del Ayuntamiento de Mollet del Vallès dirigida a apoyar económicamente proyectos que promuevan, defiendan y garanticen la igualdad y la diversidad sexual y de género en la localidad. Funciona en régimen de concurrencia competitiva, es decir, las solicitudes se valoran y comparan entre sí conforme a los criterios de las bases reguladoras hasta agotar la dotación disponible. El presupuesto asignado a esta línea asciende a 3.750 euros.

02

Para quién

Pueden optar personas físicas y personas jurídicas que no desarrollen actividad económica, como asociaciones y colectivos sin ánimo de lucro con actividad en el ámbito social y asociativo, siempre que su proyecto encaje en el objeto de la convocatoria.

03

Qué cubre

La ayuda financia proyectos y actuaciones encuadrados en servicios sociales y promoción social orientados a la sensibilización, defensa y garantía de la igualdad y la diversidad sexual y de género, a través de subvención directa sin contraprestación.

04

Cómo se pide

El plazo de presentación va del 10 al 30 de julio de 2026. La solicitud se tramita ante el Ayuntamiento de Mollet del Vallès conforme al procedimiento y la documentación que fijan las bases reguladoras.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Otras actividades asociativas

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 30 jul 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 3.750 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar personas físicas y personas jurídicas que no desarrollen actividad económica, como asociaciones y colectivos sin ánimo de lucro con actividad en el ámbito social y asociativo, siempre que su proyecto encaje en el objeto de la convocatoria. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La solicitud se tramita ante el Ayuntamiento de Mollet del Vallès conforme al procedimiento y la documentación que fijan las bases reguladoras.