Abierta Cierra en 44 días · 08 oct 2026

Concurso de composición de música coral en valenciano

AYUNTAMIENTO DE BORRIANA/BURRIANA · BORRIANA/BURRIANA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de un certamen cultural convocado por el Ayuntamiento de Borriana (Castellón) para reconocer la creación musical coral en valenciano. La convocatoria se resuelve en concurrencia competitiva, es decir, las propuestas presentadas se valoran y comparan entre sí conforme a los criterios que fijen las bases. La dotación económica asciende a 600 euros, entregados como premio sin contraprestación para la persona autora de la obra ganadora.

02

Para quién

Pueden participar personas físicas que no ejerzan actividad económica, es decir, compositores y compositoras a título particular, sin necesidad de estar dados de alta como autónomos ni de operar a través de una empresa.

03

Qué cubre

El concurso reconoce con una aportación económica la composición original de una obra coral en valenciano, dentro del ámbito cultural y artístico. El instrumento es una entrega dineraria directa, sin más contraprestación que la propia autoría de la pieza premiada.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar las composiciones concluye el 8 de octubre de 2026. Las bases reguladoras del certamen, publicadas por el Ayuntamiento de Borriana, detallan el procedimiento y los requisitos formales de presentación.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 08 oct 2026, es decir, quedan 44 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 600 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden participar personas físicas que no ejerzan actividad económica, es decir, compositores y compositoras a título particular, sin necesidad de estar dados de alta como autónomos ni de operar a través de una empresa. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo para presentar las composiciones concluye el 8 de octubre de 2026. Las bases reguladoras del certamen, publicadas por el Ayuntamiento de Borriana, detallan el procedimiento y los requisitos formales de presentación.