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Subv Concurrencia Competitiva Vicecon. 2026-planif. y Promoción Igualdad

CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS · CANARIAS · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva impulsada por la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias del Gobierno de Canarias, a través de su Viceconsejería. La línea está dotada con 405.500 euros y busca financiar proyectos de planificación y promoción de la igualdad dentro del ámbito de los servicios sociales. Al tratarse de concurrencia competitiva, las solicitudes se valoran y comparan entre sí conforme a los criterios que fijen las bases reguladoras.

02

Para quién

Pueden optar entidades con personalidad jurídica que no desarrollen actividad económica, como asociaciones, fundaciones u otras organizaciones sin ánimo de lucro que trabajen en el ámbito social y de igualdad en Canarias.

03

Qué cubre

La ayuda se concede como entrega dineraria sin contraprestación para sufragar actuaciones de servicios sociales y promoción social, en concreto iniciativas de planificación y promoción de la igualdad dirigidas a la comunidad en general.

04

Cómo se pide

El plazo de presentación no consta todavía; se fijará en las bases reguladoras de la convocatoria. Las solicitudes se tramitan ante la Viceconsejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias de Canarias.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Prestación de servicios a la comunidad …

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está por confirmar: no consta en los campos oficiales estructurados de la BDNS. Es una convocatoria pública, así que sí se solicita; consulta la fecha exacta en las bases oficiales antes de preparar nada. No la des por abierta ni por cerrada sin comprobarlo.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 405.500 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar entidades con personalidad jurídica que no desarrollen actividad económica, como asociaciones, fundaciones u otras organizaciones sin ánimo de lucro que trabajen en el ámbito social y de igualdad en Canarias. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo no está confirmado; el procedimiento que describen las bases es este: se fijará en las bases reguladoras de la convocatoria. Las solicitudes se tramitan ante la Viceconsejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias de Canarias.