Cerrada Hasta 25 jul 2026

Convocatoria de subvención en especies mediates sorteo de vales de compra en el marco de la campanya de apoyo al comercio local " ¡compra de aquí, compra en casa!"

AYUNTAMIENTO DE SANT SALVADOR DE GUARDIOLA · SANT SALVADOR DE GUARDIOLA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

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Qué es

Se trata de una ayuda municipal del Ayuntamiento de Sant Salvador de Guardiola (Barcelona), enmarcada en la campaña de apoyo al comercio local «Compra de aquí, compra en casa». Consiste en el sorteo de vales de compra canjeables en los comercios y establecimientos de servicios del municipio, con una dotación total de 2.000 euros. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva y busca incentivar el consumo entre los vecinos para dinamizar la actividad económica local.

02

Para quién

Está dirigida a personas físicas que no ejercen actividad económica, es decir, a particulares y consumidores del municipio, no a autónomos ni a empresas del comercio local.

03

Qué cubre

La ayuda se traduce en vales de compra que las personas premiadas en el sorteo pueden canjear en los comercios y establecimientos de servicios adheridos del municipio, fomentando así el gasto en el tejido comercial de proximidad.

04

Cómo se pide

El plazo para participar está abierto del 1 al 25 de julio de 2026. La inscripción y las bases completas se gestionan a través del Ayuntamiento de Sant Salvador de Guardiola.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Comercio al por menor

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 25 jul 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 2.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Está dirigida a personas físicas que no ejercen actividad económica, es decir, a particulares y consumidores del municipio, no a autónomos ni a empresas del comercio local. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La inscripción y las bases completas se gestionan a través del Ayuntamiento de Sant Salvador de Guardiola.