Cerrada Hasta 07 ago 2026

Convocatoria Lii Edición del Premi Ciutat D`alcoi de Teatre Pep Cortés 2026

AYUNTAMIENTO DE ALCOY/ALCOI · ALCOY/ALCOI · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

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Qué es

El Premio Ciutat d'Alcoi de Teatre Pep Cortés llega en 2026 a su quincuagésima segunda edición, convocado por el Ayuntamiento de Alcoy para reconocer y estimular la creación teatral en valenciano o castellano. Se resuelve por concurrencia competitiva, valorando la calidad literaria y escénica de los textos presentados, y cuenta con una dotación de 8.000 euros para la obra ganadora.

02

Para quién

Pueden optar autores y autoras a título individual, sin necesidad de tener actividad económica dada de alta, así como personas jurídicas, pymes y profesionales autónomos vinculados a la creación artística y las artes escénicas.

03

Qué cubre

El premio reconoce con una dotación económica única la mejor obra de teatro inédita presentada al certamen, dentro del ámbito de la cultura y la creación artística, sin exigir contrapartida alguna al autor o autora premiados.

04

Cómo se pide

El plazo de presentación de originales está abierto del 1 de julio al 7 de agosto de 2026. Las obras deben remitirse siguiendo el procedimiento que detallan las bases reguladoras del Ayuntamiento de Alcoy.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades de creación artística y art…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 07 ago 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 8.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar autores y autoras a título individual, sin necesidad de tener actividad económica dada de alta, así como personas jurídicas, pymes y profesionales autónomos vinculados a la creación artística y las artes escénicas. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): Las obras deben remitirse siguiendo el procedimiento que detallan las bases reguladoras del Ayuntamiento de Alcoy.