Cerrada Hasta 02 ago 2026

Vi Edición de los Premios Literarios Pinto y Maragota para Visibilizar y Dignificar la Diversidad Sexual y de Género en el Ayuntamiento de Pontevedra. Año 2026

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA · PONTEVEDRA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de un certamen literario municipal, en su sexta edición, promovido por el Ayuntamiento de Pontevedra para reconocer creaciones que visibilicen y dignifiquen la diversidad sexual y de género. La convocatoria se resuelve en régimen de concurrencia competitiva: las obras presentadas compiten entre sí y se valoran conforme a los criterios que fijen las bases reguladoras. La dotación total para los premios asciende a 3.000 euros, con cargo al presupuesto municipal.

02

Para quién

Pueden participar personas físicas que no desarrollen actividad económica, es decir, cualquier persona que escriba a título particular, sin necesidad de estar dada de alta como autónoma, empresa o entidad constituida.

03

Qué cubre

El instrumento es una entrega dineraria sin contraprestación: los importes premiados se abonan directamente a las personas ganadoras por sus obras literarias centradas en la diversidad sexual y de género, dentro del ámbito de la creación artística, sin exigir contrapartida alguna.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar las obras está abierto del 3 de julio al 2 de agosto de 2026. La presentación se realiza conforme a la ordenanza general reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de Pontevedra, a través de su registro o sede electrónica.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Actividades de creación artística y art…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 02 ago 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 3.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden participar personas físicas que no desarrollen actividad económica, es decir, cualquier persona que escriba a título particular, sin necesidad de estar dada de alta como autónoma, empresa o entidad constituida. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La presentación se realiza conforme a la ordenanza general reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de Pontevedra, a través de su registro o sede electrónica.