Subvención Directa, de Carácter Nominativo a Asociación de Comerciantes / Convenio de Colaboración 2026
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Se trata de una subvención nominativa que el Ayuntamiento de Sopela concede de forma directa, sin concurrencia competitiva, a la Asociación de Comerciantes de Sopela mediante un convenio de colaboración. El objetivo es reforzar el tejido comercial del municipio dentro de las políticas municipales de comercio, turismo y pymes. La dotación asignada asciende a 15.000 euros, que la asociación gestiona para impulsar sus actividades en favor de los comercios asociados.
Para quién
La ayuda va destinada directamente a la Asociación de Comerciantes de Sopela, entidad que representa y agrupa a los pequeños comercios, autónomos y pymes con actividad económica en el municipio.
Qué cubre
Es una entrega dineraria sin contraprestación que financia el conjunto de actividades de la asociación vinculadas al comercio, el turismo y el apoyo a las pymes locales, en los términos acordados en el convenio con el ayuntamiento.
Cómo se pide
Al tratarse de una concesión directa nominativa, no exige convocatoria pública ni solicitud por parte de terceros: se formaliza mediante el convenio firmado con el ayuntamiento, según el plazo que fijen las bases reguladoras.
Beneficiarios
Sectores (CNAE)
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Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Abierta. El plazo concreto no consta en los campos oficiales estructurados: consúltalo en las bases de la convocatoria.
¿De cuánto es la ayuda?
Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 15.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.
¿Quién puede solicitarla?
La ayuda va destinada directamente a la Asociación de Comerciantes de Sopela, entidad que representa y agrupa a los pequeños comercios, autónomos y pymes con actividad económica en el municipio. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.
¿Cómo se solicita?
Al tratarse de una concesión directa nominativa, no exige convocatoria pública ni solicitud por parte de terceros: se formaliza mediante el convenio firmado con el ayuntamiento, según el plazo que fijen las bases reguladoras.