Subv. Ayto. de San Andrés y Sauces Obra Y/o Equipamiento Residencia de Mayores
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Se trata de una subvención de concesión directa, de carácter instrumental, que el Cabildo Insular de La Palma otorga al Ayuntamiento de San Andrés y Sauces. La dotación asciende a 37.000 euros y se articula como entrega dineraria sin contraprestación, al margen del procedimiento ordinario de concurrencia competitiva, ya que va destinada a un beneficiario concreto y predeterminado por razones de interés social.
Para quién
La ayuda está dirigida al Ayuntamiento de San Andrés y Sauces, como entidad titular de la residencia de mayores del municipio, que será quien ejecute las obras o adquiera el equipamiento con los fondos recibidos.
Qué cubre
Financia actuaciones de obra y/o equipamiento en la residencia de mayores del municipio, dentro de la finalidad de servicios sociales y promoción social, orientadas a mejorar las instalaciones o la dotación material del centro.
Cómo se pide
Al tratarse de una concesión directa a un beneficiario predeterminado, no hay convocatoria pública ni plazo de solicitud abierto; la ayuda se formaliza según el procedimiento que establezca el propio expediente del Cabildo.
Beneficiarios
Sectores (CNAE)
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Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Abierta. El plazo concreto no consta en los campos oficiales estructurados: consúltalo en las bases de la convocatoria.
¿De cuánto es la ayuda?
Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 37.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.
¿Quién puede solicitarla?
La ayuda está dirigida al Ayuntamiento de San Andrés y Sauces, como entidad titular de la residencia de mayores del municipio, que será quien ejecute las obras o adquiera el equipamiento con los fondos recibidos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.
¿Cómo se solicita?
Al tratarse de una concesión directa a un beneficiario predeterminado, no hay convocatoria pública ni plazo de solicitud abierto; la ayuda se formaliza según el procedimiento que establezca el propio expediente del Cabildo.