Subvención Nominativa a la Asociación Alcohólicos Rehabilitados Mérida 2026
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Se trata de una subvención de concesión directa, de carácter nominativo, que el Ayuntamiento de Mérida otorga a una asociación concreta dedicada a la rehabilitación de personas con problemas de alcoholismo. No se tramita mediante convocatoria pública en concurrencia competitiva: la entidad beneficiaria queda designada expresamente en el presupuesto municipal. La dotación asciende a 6.000 euros y se rige por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento.
Para quién
Va dirigida en exclusiva a la entidad designada: una asociación sin ánimo de lucro, sin actividad económica, dedicada a la rehabilitación y el acompañamiento de personas alcohólicas en Mérida.
Qué cubre
La ayuda se concede como entrega dineraria sin contraprestación dentro del área de servicios sociales y promoción social, para sostener los programas y los gastos de funcionamiento propios de la labor de rehabilitación de la entidad.
Cómo se pide
No consta un plazo de solicitud abierto: al ser nominativa, se instrumenta mediante convenio entre el Ayuntamiento y la entidad beneficiaria, conforme a la Ordenanza General de Subvenciones de Mérida.
Beneficiarios
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Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 173 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.
¿De cuánto es la ayuda?
Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 6.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.
¿Quién puede solicitarla?
Va dirigida en exclusiva a la entidad designada: una asociación sin ánimo de lucro, sin actividad económica, dedicada a la rehabilitación y el acompañamiento de personas alcohólicas en Mérida. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.
¿Cómo se solicita?
No consta un plazo de solicitud abierto: al ser nominativa, se instrumenta mediante convenio entre el Ayuntamiento y la entidad beneficiaria, conforme a la Ordenanza General de Subvenciones de Mérida.