Cerrada Hasta 26 jul 2026

Premios de Investigación "Doctora de Alcalá" a la Excelencia Investigadora 2026

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ · OTROS
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de un galardón que convoca la Universidad de Alcalá para distinguir trayectorias de investigación sobresalientes dentro de su comunidad académica. Se resuelve por concurrencia competitiva, es decir, comparando los méritos de todas las candidaturas presentadas, y cuenta con una dotación económica conjunta de 50.000 euros. Se enmarca dentro de las bases reguladoras generales que la propia universidad utiliza para sus becas y ayudas a la investigación.

02

Para quién

Está pensado para personas físicas que no ejercen actividad económica, es decir, investigadores e investigadoras a título individual, no empresas ni entidades. No se exige estar dado de alta como autónomo ni facturar por la actividad investigadora.

03

Qué cubre

El reconocimiento se traduce en una entrega de dinero sin contraprestación asociada, orientada a impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación en el ámbito educativo. No financia proyectos concretos con justificación de gastos, sino que premia la trayectoria o el trabajo ya realizado.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar la candidatura va del 29 de junio al 26 de julio de 2026. La solicitud se tramita según las bases reguladoras marco de becas y ayudas a la investigación de la Universidad de Alcalá.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 26 jul 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 50.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Está pensado para personas físicas que no ejercen actividad económica, es decir, investigadores e investigadoras a título individual, no empresas ni entidades. No se exige estar dado de alta como autónomo ni facturar por la actividad investigadora. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La solicitud se tramita según las bases reguladoras marco de becas y ayudas a la investigación de la Universidad de Alcalá.