Abierta Cierra en 17 días · 11 sept 2026

OF 4595/2026, de 25 de junio, de la DFB, por la que se aprueban las segundas convocatorias de las áreas 1, 2, 3 y 4 del programa de subvenciones Creación de Empresas Innovadoras para el año 2026. Área 3: Dinamización del ecosistema de emprendimiento.

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Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Es la segunda convocatoria del Área 3 del programa de subvenciones a la Creación de Empresas Innovadoras, impulsado por la Diputación Foral de Bizkaia dentro de su estrategia de fomento empresarial. Busca dinamizar el ecosistema de emprendimiento del territorio histórico y se resuelve en concurrencia competitiva, es decir, las solicitudes se valoran y comparan entre sí según los criterios fijados en las bases. La dotación total asciende a 209.400 euros y se acoge al reglamento europeo de minimis.

02

Para quién

Pueden optar pymes y personas físicas que ya desarrollan actividad económica en Bizkaia, en sectores muy diversos: industria, construcción, agricultura, transporte o servicios profesionales, tecnológicos y de I+D.

03

Qué cubre

La ayuda se canaliza como subvención directa, entrega dineraria sin contraprestación, orientada a reforzar el tejido productivo del territorio dentro del ámbito de industria y energía, apoyando iniciativas que dinamizan el entorno emprendedor local.

04

Cómo se pide

El plazo de presentación se abre el 13 de julio y se cierra el 11 de septiembre de 2026. La solicitud se tramita ante la Diputación Foral de Bizkaia siguiendo el procedimiento que fijan las bases reguladoras de la convocatoria.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…Actividades de publicidad, estudios de …Actividades jurídicas y de contabilidadActividades veterinariasAGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y …CONSTRUCCIÓNINDUSTRIA MANUFACTURERAInfraestructura informática, tratamient…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 11 sept 2026, es decir, quedan 17 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 209.400 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar pymes y personas físicas que ya desarrollan actividad económica en Bizkaia, en sectores muy diversos: industria, construcción, agricultura, transporte o servicios profesionales, tecnológicos y de I+D. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo de presentación se abre el 13 de julio y se cierra el 11 de septiembre de 2026. La solicitud se tramita ante la Diputación Foral de Bizkaia siguiendo el procedimiento que fijan las bases reguladoras de la convocatoria.