Abierta Cierra en 37 días · 30 sept 2026

Convocatoria para la concesión de subvenciones para la promoción de la actividad empresarial en Cardona y la Coromina

AYUNTAMIENTO DE CARDONA · CARDONA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Es una línea de ayudas del Ayuntamiento de Cardona, en Barcelona, pensada para dinamizar la actividad económica del municipio y su núcleo de la Coromina. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva, es decir, las solicitudes se valoran y priorizan conforme a los criterios de las bases, no por simple orden de llegada. La dotación total asciende a 11.000 euros, destinados a reforzar el tejido comercial y empresarial local.

02

Para quién

Pueden optar pequeñas y medianas empresas y personas autónomas que ejerzan una actividad económica en Cardona o la Coromina, con especial atención a los negocios del sector comercial minorista y mayorista del municipio.

03

Qué cubre

La ayuda se concede como subvención directa, sin contraprestación, y se enmarca en el eje de comercio, turismo y pymes del ayuntamiento, orientada a sostener y promocionar la actividad empresarial y comercial del municipio.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar la solicitud está abierto desde el 6 de julio hasta el 30 de septiembre de 2026. Debe tramitarse a través del registro electrónico o presencial del Ayuntamiento de Cardona, según las bases reguladoras.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 37 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 11.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar pequeñas y medianas empresas y personas autónomas que ejerzan una actividad económica en Cardona o la Coromina, con especial atención a los negocios del sector comercial minorista y mayorista del municipio. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo para presentar la solicitud está abierto desde el 6 de julio hasta el 30 de septiembre de 2026. Debe tramitarse a través del registro electrónico o presencial del Ayuntamiento de Cardona, según las bases reguladoras.