Abierta Cierra en 174 días · 15 feb 2027

RESOLUCIÓN de la Vicerrectora de Internacionalización por la que se publican las bases reguladoras y se convocan ayudas de movilidad internacional de estudiantes de doctorado en el marco del Programa Erasmus+ para el curso 2026/2027

UNIVERSIDAD DE GRANADA · OTROS
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Es una convocatoria de la Universidad de Granada, dentro del Programa Erasmus+, que financia estancias de movilidad internacional para estudiantes de doctorado durante el curso 2026/2027. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y comparan entre sí, y la ayuda se concede a quienes mejor cumplan los criterios de la convocatoria hasta agotar la dotación disponible, fijada en 220.000 euros para todo el programa.

02

Para quién

Va dirigida a personas físicas sin actividad económica que estén cursando estudios de doctorado en la Universidad de Granada y quieran realizar una estancia formativa o investigadora en otro país.

03

Qué cubre

La ayuda cubre los gastos derivados de una movilidad internacional de investigación dentro del marco Erasmus+, mediante una entrega dineraria directa, sin contraprestación, destinada a apoyar la actividad investigadora y de desarrollo del doctorando durante su estancia fuera de España.

04

Cómo se pide

El plazo de solicitud no consta en el resumen disponible; conviene consultar las bases reguladoras de la Vicerrectora de Internacionalización y tramitar la petición por los canales que habilite la Universidad de Granada.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Investigación y desarrollo

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 15 feb 2027, es decir, quedan 174 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 220.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Va dirigida a personas físicas sin actividad económica que estén cursando estudios de doctorado en la Universidad de Granada y quieran realizar una estancia formativa o investigadora en otro país. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo de solicitud no consta en el resumen disponible; conviene consultar las bases reguladoras de la Vicerrectora de Internacionalización y tramitar la petición por los canales que habilite la Universidad de Granada.