Abierta Cierra en 86 días · 15 dic 2026

Extracto Bases Reguladoras y Convocatoria del Servicio de Respiro Familiar a Personas Cuidadoras Habituales No Profesionales 2026

AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA · PLASENCIA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria municipal de apoyo a personas que cuidan habitualmente a un familiar dependiente sin ser profesionales. El Ayuntamiento de Plasencia pone en marcha este programa de reconocimiento del cuidado informal familiar con una dotación de 45.746,96 euros. Se estructura en régimen de concurrencia competitiva: los solicitantes deben cumplir los criterios que establecen las bases reguladoras para acceder a servicios de «respiro» —períodos de descanso que alivian la carga del cuidador.

02

Para quién

Personas físicas residentes en Plasencia que cuidan de forma habitual a un familiar en situación de dependencia y que no realizan esta actividad como profesión.

03

Qué cubre

Servicios de respiro familiar destinados a aliviar la carga del cuidador informal mediante períodos de descanso. Financia iniciativas en el ámbito de servicios sociales y sanitarios.

04

Cómo se pide

Según el plazo que fijen las bases reguladoras. Consultar la convocatoria oficial del Ayuntamiento de Plasencia o en sus canales de comunicación para conocer documentación, requisitos específicos y procedimiento de solicitud.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 15 dic 2026, es decir, quedan 86 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 45.747 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas residentes en Plasencia que cuidan de forma habitual a un familiar en situación de dependencia y que no realizan esta actividad como profesión. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Según el plazo que fijen las bases reguladoras. Consultar la convocatoria oficial del Ayuntamiento de Plasencia o en sus canales de comunicación para conocer documentación, requisitos específicos y procedimiento de solicitud.