Cerrada Hasta 23 jul 2026

Resolución de 11 de junio de 2026 de la Dirección General del CDTI E.P.E., por la que se aprueba la concesión directa de ayudas a proyectos de I+D del Programa Estratégico Corea-España 2026

CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN E.P.E · MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES · ESTADO
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El CDTI (Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación), organismo público dependiente del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, ha resuelto conceder de forma directa un conjunto de ayudas a proyectos empresariales de investigación y desarrollo. Al ser una concesión directa, no se trata de una convocatoria en concurrencia competitiva: la resolución ya fija los beneficiarios y reparte una dotación conjunta de 5.000.000 euros. Se ampara en la Ley 14/2011, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

02

Para quién

Grandes empresas y pymes o autónomos (personas físicas con actividad económica) que hayan desarrollado proyectos de investigación, desarrollo e innovación encuadrados en el ámbito de I+D del CDTI.

03

Qué cubre

Financia proyectos de I+D empresarial dentro del sector de investigación y desarrollo, con una dotación conjunta de 5.000.000 euros repartida entre los beneficiarios que recoge la resolución.

04

Cómo se pide

Al ser concesión directa, la resolución ya identifica a los beneficiarios: no hay convocatoria abierta a solicitud general. El plazo que consta en el registro va del 18 de junio al 23 de julio de 2026; confirma el trámite en la sede electrónica del CDTI.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Investigación y desarrollo

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 23 jul 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 5.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Grandes empresas y pymes o autónomos (personas físicas con actividad económica) que hayan desarrollado proyectos de investigación, desarrollo e innovación encuadrados en el ámbito de I+D del CDTI. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): confirma el trámite en la sede electrónica del CDTI.