Cerrada Hasta 31 jul 2026

Resolución número 2026-2412, de 29 de mayo de 2026, por la que se convocan subvenciones en 2026 a favor de entidades locales y entidades de riego de la provincia de Alicante para la redacción, por la Diputación, de Proyectos en materia de Ciclo Hídrico.

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALACANT/ALICANTE · DIPUTACIÓN PROV. DE ALICANTE · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Subvenciones convocadas por la Diputación Provincial de Alicante para entidades locales y organizaciones de riego de la provincia. Sistema de concurrencia competitiva con una dotación total de 150.000 euros. La convocatoria se rige por la Ordenanza General de Subvenciones aprobada en diciembre de 2025 y sus bases específicas. Destinada a impulsar actuaciones de carácter económico en sectores como agricultura, ganadería, agua y gestión de residuos.

02

Para quién

Personas jurídicas sin actividad económica: entidades locales (ayuntamientos, diputaciones, comarcas, consorcios) y entidades de riego constituidas legalmente en la provincia de Alicante.

03

Qué cubre

Actuaciones de carácter económico en los sectores de agricultura, ganadería, silvicultura, pesca, suministro de agua, saneamiento, gestión de residuos y descontaminación. Las actuaciones concretas se definirán según las bases específicas de la convocatoria.

04

Cómo se pide

Plazo de presentación hasta el 31 de julio de 2026. Los solicitudes se tramitarán según lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones y las bases específicas publicadas por la Diputación de Alicante.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y …SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANE…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 31 jul 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 150.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas jurídicas sin actividad económica: entidades locales (ayuntamientos, diputaciones, comarcas, consorcios) y entidades de riego constituidas legalmente en la provincia de Alicante. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): Los solicitudes se tramitarán según lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones y las bases específicas publicadas por la Diputación de Alicante.