Cerrada Hasta 15 sept 2026

Convocatoria de ayudas a la pobreza infantil

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA · VILLAVICIOSA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de subvenciones del Ayuntamiento de Villaviciosa para reducir la pobreza infantil y fortalecer los servicios sociales locales. Convocatoria de concurrencia competitiva con dotación de 37.000 euros destinada a familias y menores en situación de vulnerabilidad social. Regulada por las Bases Generales de Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Villaviciosa.

02

Para quién

Personas físicas sin actividad económica en situación de vulnerabilidad por pobreza infantil, así como entidades sin ánimo de lucro que desarrollen servicios sociales y de bienestar familiar en el municipio.

03

Qué cubre

Financiación de programas, servicios y prestaciones de acción social para la prevención y reducción de la pobreza infantil, apoyo integral a familias en riesgo social, y promoción del bienestar de menores.

04

Cómo se pide

Presentar solicitud según las Bases Reguladoras del Ayuntamiento de Villaviciosa, conforme al procedimiento municipal. Plazo de presentación hasta el 15 de septiembre de 2026. Consultar bases en ayuntamiento o publicaciones oficiales locales.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 15 sept 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 37.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas sin actividad económica en situación de vulnerabilidad por pobreza infantil, así como entidades sin ánimo de lucro que desarrollen servicios sociales y de bienestar familiar en el municipio. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): Presentar solicitud según las Bases Reguladoras del Ayuntamiento de Villaviciosa, conforme al procedimiento municipal. Consultar bases en ayuntamiento o publicaciones oficiales locales.