Abierta Cierra en 102 días · 31 dic 2026

Programa de ayudas al estudio en segundo ciclo de educación infantil y enseñanzas obligatorias para el curso 2026/2027 (CHEQUELIBRO)

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y JUVENTUD · CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Chequelibro es la ayuda al estudio que convoca la Consejería de Educación, Cultura y Juventud de la Ciudad Autónoma de Ceuta para sufragar libros de texto y material escolar del curso 2026/2027, dirigida al alumnado de segundo ciclo de educación infantil y de las enseñanzas obligatorias. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva y se financia con cargo a los presupuestos generales de la Ciudad Autónoma, con una dotación global de 3.250.000 euros para el conjunto del programa.

02

Para quién

Familias y personas físicas sin actividad económica con hijos o hijas matriculados en centros educativos de Ceuta que cursen segundo ciclo de educación infantil o enseñanzas obligatorias durante el curso 2026/2027.

03

Qué cubre

Financia la adquisición de libros de texto y material escolar para el curso 2026/2027. El registro no detalla la cuantía individual por alumno ni requisitos económicos concretos: se fijarán en las bases de la convocatoria.

04

Cómo se pide

El plazo y el procedimiento de solicitud no constan en el registro; se fijarán según las bases que publique la Consejería de Educación, Cultura y Juventud de la Ciudad Autónoma de Ceuta para el curso 2026/2027.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 102 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 3.250.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Familias y personas físicas sin actividad económica con hijos o hijas matriculados en centros educativos de Ceuta que cursen segundo ciclo de educación infantil o enseñanzas obligatorias durante el curso 2026/2027. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo y el procedimiento de solicitud no constan en el registro; se fijarán según las bases que publique la Consejería de Educación, Cultura y Juventud de la Ciudad Autónoma de Ceuta para el curso 2026/2027.