Cerrada Hasta 24 jul 2026

Convocatoria para la concesión de subvenciones a la creación de empresas de 2026.

AYUNTAMIENTO DE GRANOLLERS · GRANOLLERS · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Subvención municipal del Ayuntamiento de Granollers para impulsar la creación de nuevas empresas en 2026. Se convoca en régimen de concurrencia competitiva, lo que significa que todos los proyectos compiten entre sí por los fondos disponibles según su viabilidad. Dotación total de 112.500 euros distribuida entre las empresas seleccionadas. Dirigida a emprendedores y empresas que quieran establecer operaciones nuevas en el municipio.

02

Para quién

Grandes empresas, PYMES y personas físicas que desarrollen actividad económica independiente, con especial enfoque en sectores administrativos, actividades asociativas y auxiliares de servicios financieros.

03

Qué cubre

Financiación para la creación, puesta en marcha e inversión inicial de nuevas empresas establecidas en Granollers.

04

Cómo se pide

Plazo: hasta 24 de julio de 2026 según las bases reguladoras. Formaliza la solicitud ante el Ayuntamiento de Granollers siguiendo el procedimiento y requisitos especificados en las bases reguladoras específicas.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades administrativas de oficina …Actividades asociativasActividades auxiliares a los servicios …Actividades de agencias de viajes, oper…Actividades de alquilerActividades de apoyo a las industrias e…Actividades de bibliotecas, archivos, m…Actividades de construcción especializa…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 24 jul 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 112.500 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Grandes empresas, PYMES y personas físicas que desarrollen actividad económica independiente, con especial enfoque en sectores administrativos, actividades asociativas y auxiliares de servicios financieros. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): Formaliza la solicitud ante el Ayuntamiento de Granollers siguiendo el procedimiento y requisitos especificados en las bases reguladoras específicas.