Abierta Cierra en 376 días · 01 oct 2027

Convocatoria de Subvenciones para la Concesión de Ayudas a Viviendas Vacías para Alquiler a Precio Tasado en el Ayuntamiento de Vigo para 2026-2027

AYUNTAMIENTO DE VIGO · VIGO · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Ayuntamiento de Vigo convoca ayudas dirigidas a propietarios particulares con una vivienda vacía que decidan ponerla en alquiler a precio tasado, es decir, por debajo del precio de mercado. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva, con una dotación total de 2.150.000 euros para el conjunto de solicitudes que cumplan los requisitos. Busca ampliar la oferta de vivienda en alquiler asequible en el municipio y reducir el parque de pisos vacíos.

02

Para quién

Personas físicas propietarias de una vivienda vacía en Vigo que no desarrollen actividad económica (quedan fuera autónomos y empresas) y se comprometan a destinarla al alquiler a precio tasado.

03

Qué cubre

Ayuda económica municipal como incentivo por poner la vivienda en el mercado de alquiler a precio tasado. El importe concreto por solicitud no figura en el registro; solo consta la dotación total del programa, 2.150.000 euros.

04

Cómo se pide

Según el registro, la convocatoria está abierta entre el 12/05/2026 y el 01/10/2027. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Vigo, según el procedimiento y la documentación que fijen las bases reguladoras.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Acabado de edificios

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 01 oct 2027, es decir, quedan 376 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 2.150.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas propietarias de una vivienda vacía en Vigo que no desarrollen actividad económica (quedan fuera autónomos y empresas) y se comprometan a destinarla al alquiler a precio tasado. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Según el registro, la convocatoria está abierta entre el 12/05/2026 y el 01/10/2027. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Vigo, según el procedimiento y la documentación que fijen las bases reguladoras.