Abierta Cierra en 122 días · 31 dic 2026

Convocatòria de subvencions per al finançament de fires i salons d¿orientació educativa en l¿àmbit de les comarques gironines, anualitat 2026

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA · DIPUTACIÓN PROV. DE GIRONA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria pública de la Diputación Provincial de Girona para financiar la organización y participación en ferias y salones dedicados a la orientación educativa. Dirigida a empresas, asociaciones y personas sin actividad empresarial. Dotación total: 60.000 euros. Se convoca bajo régimen de concurrencia competitiva, lo que significa que los solicitantes compiten por las ayudas disponibles conforme a los criterios establecidos en las bases reguladoras.

02

Para quién

Grandes empresas, personas físicas sin actividad económica y personas jurídicas (asociaciones, fundaciones, entidades) que no desarrollen actividad empresarial regular. Aplicable en las comarcas de la provincia de Girona.

03

Qué cubre

Gastos de organización, montaje, coordinación y participación en ferias y salones de orientación educativa, así como costes de materiales, promoción y actividades directamente vinculadas a estos eventos.

04

Cómo se pide

Convocatoria vigente del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. Según el plazo que fijen las bases reguladoras en la Diputación Provincial de Girona. Consulte la documentación oficial para conocer procedimiento, documentación requerida y criterios de evaluación.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Educación

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 122 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 60.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Grandes empresas, personas físicas sin actividad económica y personas jurídicas (asociaciones, fundaciones, entidades) que no desarrollen actividad empresarial regular. Aplicable en las comarcas de la provincia de Girona. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Convocatoria vigente del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. Según el plazo que fijen las bases reguladoras en la Diputación Provincial de Girona. Consulte la documentación oficial para conocer procedimiento, documentación requerida y criterios de evaluación.