Abierta Cierra en 30 días · 30 sept 2026

Subvencions per a contribuir a evitar la pobresa energètica a la ciutat de Reus

AYUNTAMIENTO DE REUS · REUS · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

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Qué es

El Ayuntamiento de Reus convoca una línea de subvenciones para reducir la pobreza energética en la ciudad. Se trata de ayudas en régimen de concurrencia competitiva con una dotación total de 100.000 euros destinada a paliar los gastos de energía en hogares. El programa financia medidas que faciliten el acceso a suministros energéticos básicos (electricidad, gas, calefacción) a familias en situación de vulnerabilidad económica. La evaluación de las solicitudes sigue criterios de selección públicos que priorizan el acceso equitativo a los fondos disponibles, basándose en las circunstancias económicas y sociales de los solicitantes.

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Para quién

Personas físicas residentes en Reus que no desarrollan actividad económica y se encuentran en situación de vulnerabilidad económica, conforme a los criterios definidos en las bases de la convocatoria. Incluye especialmente a familias con dificultades para cubrir gastos básicos de energía.

03

Qué cubre

Gasto energético en vivienda habitual: electricidad, calefacción y gas doméstico. Las ayudas van dirigidas a reducir la brecha energética y garantizar el acceso a servicios energéticos de primera necesidad en el hogar.

04

Cómo se pide

Plazo según el que fijen las bases oficiales. Solicitud en el Ayuntamiento de Reus (Área de Servicios Sociales). Cierre: 30 de septiembre de 2026. Consulta las bases completas en el portal municipal para documentación obligatoria y criterios de selección.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Administración pública y de la política…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 30 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 100.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas residentes en Reus que no desarrollan actividad económica y se encuentran en situación de vulnerabilidad económica, conforme a los criterios definidos en las bases de la convocatoria. Incluye especialmente a familias con dificultades para cubrir gastos básicos de energía. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Plazo según el que fijen las bases oficiales. Solicitud en el Ayuntamiento de Reus (Área de Servicios Sociales). Cierre: 30 de septiembre de 2026. Consulta las bases completas en el portal municipal para documentación obligatoria y criterios de selección.